Información del extracto publicado en el BOP, de la convocatoria de las ayudas a las pequeñas y medias empresas villanovenses, que abre el plazo de presentación de solicitudes hasta el 11 de noviembre.
REQUISITOS:
a) Que el/la propietario/a figure como obligado/a al pago por el I.B.I. urbana del ejercicio de 2016, y que, además, explote directamente la actividad que se desarrolle en el inmueble gravado por el citado Impuesto, o lo tenga arrendado para un uso empresarial o profesional, con un alquiler anual que no supere los 10.000,00 euros.
b) Que el/la interesado/a no sea titular de más de una empresa, oficina o almacén, objeto de estas ayudas, o que sea propietario/a y tenga arrendado el inmueble donde se desarrolle dichas actividades.
c) Que el/la interesado/a tenga abonado el recibo del I.B.I. urbana del ejercicio de 2016 durante el plazo de pago en voluntaria o, en su caso, que el importe del citado Impuesto se encuentre sujeto a un plan de pagos por aplazamiento o fraccionamiento, sin que sobre el mismo exista incumplimiento; así como que esté dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, y si no estuviere obligado a ello, que presente una declaración jurada que acredite el ejercicio de dicha actividad, o que dicho inmueble esté arrendado para el ejercicio de algunas de las actividades previstas en el apartado b) anterior, sin superar su alquiler la cantidad anual de 10.000,00 euros.
d) Que el domicilio social y fiscal del/la interesado/a se encuentre ubicado exclusivamente en la localidad de Villanueva de la Serena, por lo que no podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas que tengan su domicilio social en las localidades de Entrerríos, Valdivia y Zurbarán, o en sus términos de influencia.
e) En el caso de almacén-cochera, los beneficiarios de estas ayudas serán aquellos propietarios que tengan la condición de pensionistas y cuya pensión de jubilación no supere las cuantías mínimas establecidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social para el año 2016, y en el caso de poseer depósitos bancarios, que estos no superen los 20.000,00 euros.
Se considerará como criterio de valoración y por lo tanto se entenderá que cumplen los requisitos para la obtención de la subvención prevista en estas bases todos aquellos solicitantes que acrediten realizar actividades empresariales o profesionales cuyos inmuebles estén sujetos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana del ejercicio 2016 cuyo tipo impositivo sea superior al 0,70% sobre la base imponible.
Adjunta puede descargar el modelo de solicitud y de Declaración Responsable, para que se rellene la que corresponda, la documentación tiene que presentarse en el Registro del Ayuntamiento.
Declaración Responsabilidad Socios