Información actualizada de la ayuda (diciembre de 2016) a los proyectos de animación comercial.
De forma resumida:
– La ayuda consistirán en una subvención del 80% de la actividad subvencionable, siendo la cuantía económica máxima que como asociación se puede percibir de 3.700€.
– Se pueden presentar proyectos hasta el 1 de octubre del 2017.
-Actividades subvencionables:
- Publicidad en medios de comunicación
- Cartelería, folletos, tanto diseño como impresión y reparto.
- Alquiler de carpas, stand, megafonía, etc (bienes de equipo)
- Contratación animación: muñecos, músicos, pasacalles, etc.
- Contratación seguridad, vigilancia, montajes de instalaciones, seguros…
- Otros gastos relacionados con la actividad (dependiendo de cuales serían y para asegurarnos de que pudieran ser subvencionables, habría que preguntar al técnico de la Junta)
– Actividades no subvencionables:
- Material de marketing o merchandising
- Premios o regalos
- Alquiler de locales
- Publicidad genérica de la asociación
DOCUMENTOS ANEXOS:
- Resumen_Ayuda_Animacion_Comercial
- Orden-Ayudas-Animacion-Comercio
- Anexo_I_Ayuda-Animacion
- Solicitud-de-pago-Ayuda-Animacion
- Modelo_anexo_IV_Ayuda-Animacion
- Anexo_II_MEMORIA-Ayuda-Animacion
Más información en la Agencia de Desarrollo Local, situada en el Centro Educativo Municipal.