La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto con la Cámara Oficial de Comercio de Badajoz, han puesto en marcha el PROGRAMA PYME INNOVA 2025
El Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales.
BENEFICIARIO del programa de ayudas son:
• Ser una pequeña y mediana empresa, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014
http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf.
Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica.
Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
• Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2023.
• Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:
a) Diagnóstico Asistido en Innovación, que permitirá a la Pyme analizar su nivel en materia de innovación y sus posibilidades de mejora mediante el estudio del nivel de competitividad de la empresa en su entorno económico y de mercado.
b) Ayudas económicas para la implantación de las soluciones y mejoras detectadas que se detallarán en el Plan Personalizado de Implantación que tendrá en cuenta las características y el sector de actividad de la empresa. Este Plan recogerá los proyectos a implantar, los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.
El plazo para la presentación de solicitudes se abrirá a las 09:00h desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Badajoz, y tendrá una vigencia de 5 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.
PLAZO: DE LAS 9:00H DEL 1 DE ABRIL HASTA LAS 14:00H DEL 7 DE ABRIL
MÁS INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
CONTACTO: 924234600 camara@camarabadajoz.es // villanueva@camarabadajoz.org