Os informamos de la publicación en el DOE de la convocatoria de SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR, PERSONAL Y LABORAL.
Finalidad
Facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural, así como favorecer la contratación de la actividad de las personas empleadas de hogar.
Programa I: Ayudas destinadas a facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural.
Programa II: Ayudas para la contratación de personas empleadas de hogar así como para el mantenimiento de dicha contratación, como medida de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
Programa III: Ayudas para la contratación en régimen de interinidad de personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras que disfruten del derecho de excedencia o de reducción de jornada laboral por razones de cuidado de hijos o hijas o de personas dependientes a su cargo
Plazo de presentación
Programa I:
Hasta el 26 de agosto de 2017.
Programa II:
Plazos para solicitar las subvenciones para las contrataciones de personas empleadas de hogar:
- a) Alta nueva en Seguridad Social: un mes a partir del día siguiente a la fecha de alta en Seguridad Social del trabajador contratado.
- b) Mantenimiento de la contratación de la persona empleada de hogar: tres meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, y el extracto de la misma, en el Diario Oficial de Extremadura.
Programa III:
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que el contrato o suma de contratos de interinidad cumplan el periodo mínimo subvencionable de 3 meses, siempre que tal circunstancia se produzca dentro del plazo de vigencia de la convocatoria de estas subvenciones.
Destinatarios
- Beneficiarios Programa I: personas trabajadoras autónomas cuya actividad y centro de trabajo radique y se mantenga en Extremadura y se desarrolle de forma individualizada, sin dependencia de empresas constituidas mediante formulas jurídicas de sociedades mercantiles, sociedades cooperativas o laborales que adopten la forma de comunidades de bienes o sociedades civiles.
- Beneficiarios del Programa II: empleadores que tenga contratado a un trabajador en la relación laboral de carácter especial del servicio de hogar familiar siempre que los servicios se presten en Extremadura.
- Beneficiarias de las ayudas establecidas en el Programa III:empresas, personas autónomas, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, celebren contratos de sustitución en los términos que aparecen regulados en el art36 del Decreto 69/2017, de 23 de mayo, siempre que las personas contratadas lo sean en centros ubicados en Extremadura.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas, que cumpliendo los requisitos y condiciones previstos, celebren los citados contratos de sustitución.
Para información sobre requisitos, cuantía y documentación a entregar se adjunta ORDEN y RESUMEN DE LA ORDEN, así como los FORMULARIOS DE SOLICITUDES Y ANEXOS correspondiente a los tres programas.
Ante cualquier consulta estamos en el Centro Municipal Empresarial en Calle López de Ayala, 31, Villanueva de la Serena; y en el teléfono 924 84 96 80/81.
Adjuntos:
- Resumen Subvención
- Orden Subvención
- Solicitud Anexo I
- Solicitud Anexo II
- Solicitud Anexo III
- Solicitud Anexo IV
- Solicitud Anexo V
- Solicitud Anexo VI