Subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo.

Subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

  • Las personas que se den de alta a partir de la publicación del la Convocatoria, el plazo es de 5 meses desde el Alta en el RETA.
  • Para las personas que se dieron de alta en el RETA en el periodo comprendido entre el 1 de marzo del 2020 y el día 6 de mayo del 2021, tienen un plazo de 2 meses, por lo tanto, hasta el 6 de julio del 2021, y NO NECESITAN PLAN DE EMPRESA.

Cuatro programas en el Decreto, pero actualmente se han abierto 3:

Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.

    CUANTÍA:

  • MUJERES: 9.000€
  • HOMBRE: 7.500€ o 5.000€

Programa II: Ayudas a la persona autónoma que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador. El autónomo principal tiene que llevar un mínimo de 2 años de alta en el RETA.

    CUANTÍA:

–      MUJERES: 9.000€

–      HOMBRE: 7.500€ o 5.000€

Programa III: Ayudas a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas previstas en el presente decreto de bases reguladoras, para el mantenimiento y modernización de su actividad como autónomas, (CERRADO)

CUANTÍA: 1.000€

Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

CUANTÍA: 5.000€

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