Ayudas Autónomos COVID-19

Ayudas Autónomos COVID-19

La solicitud es telemática a través de la plataforma Ayudas Solvencia Covid y el plazo permanece abierto hasta el 21 de julio.

a presente convocatoria está dotada con 106 millones de euros y se puede solicitar desde el este jueves a través de la plataforma https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es

El objetivo de estas ayudas es la recuperación y crecimiento de aquellas empresas que, a pesar de atravesar dificultades financieras, resultan viables por disponer de un plan a medio plazo factible y un modelo de negocio idóneo, de tal forma que se contribuirá a asegurar los puestos de trabajo, mantener y potenciar el tejido productivo y fomentar la competitividad.

Para obtener la condición de beneficiarios, las empresas, autónomos y profesionales, cualquiera que sea su forma jurídica, deben tener un centro productivo en Extremadura y desarrollar su actividad empresarial en alguno de los 204 códigos CNAE y cumplir con los requisitos que recoge el Decreto Ley 5/2021, entre ellos, el mantenimiento de la actividad.

Los beneficiarios deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de más de un 30% en el volumen de operaciones en comparación con el volumen de operaciones del año 2019, o haber aplicado el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los ejercicios 2019 o 2020.

Los requisitos deben ser acreditados por la administración tributaria previa autorización del solicitante de la ayuda, o bien mediante certificado de la agencia tributaria caso de decidir el solicitante presentarlos directamente. En cualquier caso, todos deben estar al corriente de pago de sus obligaciones impositivas.

Estas subvenciones tienen carácter finalista y deben destinarse a satisfacer las deudas y pagos pendientes con proveedores y acreedores financieros y no financieros, entre 1 de marzo 2020 y 31 de mayo de este año; y que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021 que estuvieran pendientes de pago a fecha 31 de mayo de 2021.

Además, en el momento de la solicitud la empresa debe presentar una declaración de deudas y pagos pendientes que cumplan los anteriores requisitos.

El importe de la ayuda varía según la circunstancia de cada solicitante, y se calcula por varios métodos. Siempre el importe a conceder queda condicionado por la cuantía que la empresa tenga de deudas y pagos pendientes.

Las solicitudes, dependiendo de las características de cada empresa, podrán tener hasta un máximo de 200.000 euros de ayuda.

TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

La tramitación de estas ayudas es telemática y se puede realizar desde hoy, hasta el 21 de julio a través del Portal Ayudas Solvencia Covid (https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es).

En esta plataforma también está disponible toda la información y detalles acerca de las ayudas, el cálculo de la cuantía, así como el documento que cada beneficiario debe completar con las deudas y pagos pendientes y presentar con la solicitud de las ayudas.

Además, desde hoy se puede también gestionar a través de la plataforma, dar de alta un representante que actúe en nombre de la empresa para tramitar la solicitud.