Subvenciones destinadas a proyectos de comercio electrónico y TIC en las empresas.
Beneficiarios:
– Autónomos y pymes que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
– Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aún careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.
Servicios subvencionables:
Serán subvencionables las inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean estrictamente necesarios para la implantación de los servicios de comercio electrónico:
- Redacción de proyecto técnico.
- Tienda online.
- App móvil para comercio online.
- Big data aplicado al comercio online.
- E-logística.
- Marketplace.
- Creación de marketplace.
- Marketing online.
- Gestión de presencia en internet.
- Mejora de imagen digital.
- Proveedor de servicio de pago.
Cuantía subvencionable:
Subvención a fondo perdido del 80% hasta un máximo de 12.000 €. Anticipo del 50% a la concesión de la ayuda.
Plazo de solicitud:
Del 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2022.
Archivos adjuntos
- Decreto 132/2021, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
- Estructura recomendada del proyecto.
- Resumen de las ayudas.
RES_AYUDAS_TIC_Y_COM_ELECTRÓNICO_2022 DOE_31.12.21_DEC 131_2021_AYUDAS TIC_Y_COM ELECTRONICO_2022 ESTRUCTURA_PROYECTO_RECOMENDADA